Una asignatura pendiente. La gestión y eliminación de los PCBs en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por José Luis Sersale *

Los Bifenilos Policlorados – PCBs son compuestos químicos formados por cloro, carbono e hidrógeno y se utilizan en una amplia variedad de productos. La Convención de Estocolmo los incluyó dentro de un listado de 12 sustancias consideradas “Contaminantes Orgánicos Persistentes” (COP) pues no son biodegradables y permanecen en el medio ambiente. Entre 1929 y 1978 fueron empleados sin restricciones fundamentalmente en transformadores y equipos eléctricos debido fundamentalmente a sus propiedades como fluidos aislantes,
refrigerantes y de gran estabilidad química.
Sin embargo, ya en 1976 la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó la prohibición de la fabricación, comercialización y uso a nivel mundial dados los graves peligros asociados al potencial derrame o la existencia de pérdidas que afectan severamente al suelo, al agua, al aire, a los tejidos corporales humanos y de animales, situaciones a las que se agregan los efectos del riesgo de explosiones o incendios.
Una vez liberado al ambiente es extremadamente persistente y tarda muchos años en degradarse, presentando una marcada tendencia a bioacumularse por su capacidad de absorverse en suelos, sedimentos y cursos de agua que afectan a toda la cadena alimenticia. Su ingesta provoca serios peligros a la salud, tales como afecciones en la piel, la vista y el sistema respiratorio. Su alta toxicidad puede conducir a la muerte.
Entre las enfermedades que han sido asociadas a estas sustancias se cuentan el cáncer, los daños al sistema inmune, problemas de crecimiento en niños y niñas, daños al hígado, daños a la piel, etc.
Debido a la elevada toxicidad asociada a los PCBs, la República Argentina adhirió al Convenio de Estocolmo (Ley N° 26.011/04) y al Convenio de Basilea (Ley N° 23.922/91) e incluyó a los Bifenilos Policlorados en la Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos, emitiendo en ese marco un conjunto de resoluciones orientadas a su eliminación.

Constitución Nacional

“Derecho a un ambiente sano”

Artículo 41- Todos los habitantes gozan del derecho a un
ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano
y para que las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las
generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El
daño ambiental generará prioritariamente la obligación de
recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho,
a la utilización racional de los recursos naturales, a la
preservación del patrimonio natural y cultural y de la
diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan
los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias,
las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas
alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe le ingreso al territorio nacional de residuos
actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.

Estos antecedentes derivaron en la sanción de la Ley N° 25.670/02 de “Presupuestos Mínimos de Protección y Eliminación de PCB” que dispone, entre otras cosas, el control de existencias de PCBs en todo el país a partir de la creación de un registro de poseedores de dicha sustancia, y su definitiva eliminación prevista originalmente para el año 2010. El nivel mínimo que debe contener una mezcla para considerarse contaminada se encuentra definido en dicha norma: 0,005 por ciento en peso, lo que equivale a 50 partes por millón (ppm).
Ahora bien, el registro de poseedores creado por la ley aludida precedentemente fue conformado efectivamente algunos años después, en ocasión de la publicación de la Resolución N° 313/05 del Ministerio de Salud. Las demoras en la reglamentación de la Ley N° 25.670 motivaron la intervención del Defensor del Pueblo de la Nación, quien mediante Resolución N°56/06 y 39/07 insta al Poder Ejecutivo a proceder a la inmediata reglamentación de la norma, destacando que el plazo para el cumplimiento de dicha obligación constitucional se encontraba vencido desde 2003.
Recién en 2007 el Poder Ejecutivo Nacional reglamenta algunos artículos de la Ley N° 25.670, crea un Consejo Consultivo ad honorem y una Comisión Interministerial de gestión de PCBs tendiente a consensuar políticas y acciones entre las diferentes áreas del gobierno con incumbencia en la temática. Y en 2015 la Resolución N° 840 de la Jefatura de Gabinete pone en marcha el Programa de Gestión Integral de PCBs a fin de lograr una adecuada coordinación entre las diferentes áreas con incumbencia en la problemática.
Dada la situación de extrema vulnerabilidad generada por la exposición a esta sustancia contaminante, y teniendo en cuenta los escasos avances por parte de las autoridades públicas en el tema, fueron los propios vecinos quienes comenzaron a llamar la atención sobre la gravedad del problema realizando estudios que confirman el vínculo entre los PCBs y la aparición de enfermedades graves, y formulando múltiples denuncias ante diversos organismos sin mayores respuestas. Es muy poca la información pública vinculada al
cumplimiento de los objetivos incorporados en la Ley N° 25.670 que contemplaba la eliminación total de los PCBs para el año 2010.
En el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según los datos que aparecen publicados en la página ‘Buenos Aires Data’, se informa un total de 7.174 transformadores conteniendo PCBs. La ubicación geográfica de los mismos puede observarse en uno de los mapas que ilustra la nota, siendo los barrios más afectados los de: 1) San Nicolas, con 814 transformadores; 2) Palermo, con 701 aparatos; y, 3) Recoleta, con 525 equipos. Estos 3 barrios representan apenas el 12% del total del territorio de la Ciudad.

* Licenciado en Ciencia Política, Consultor en temas de Seguridad y especialista en Sistemas de Información Geográfica

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Blog de WordPress.com.

Subir ↑

A %d blogueros les gusta esto: